Reglamento oficial de Sorteos, Eventos y Concursos de Revista Level Up


Revista Level Up (en adelante, el "Organizador") es el medio de comunicación especializado en cultura geek y videojuegos organizador de los sorteos de artículos promocionales a través de las modalidades Geek Kit, Sorteo Relámpago, Eventos, Funciones Premier, Pases Press Start, Sorteo Semanal, Reto Level Up, Sorteos Especiales, Bazar Geek y otras promociones adicionales (en adelante "Sorteo" o "Sorteos"), cuyas bases y condiciones (en adelante, las "Bases") se detallan a continuación:

Art. 1. La vigencia de los concursos y sorteos de Revista Level Up, propiedad del Organizador, bajo el dominio http://www.revistalevelup.com (en adelante, el "Sitio") será determinada a partir del momento de publicación en el Sitio y hasta la hora oficial de anuncio del ganador(a) o anuncio de cierre oficial de participaciones en el Sitio por parte del Organizador. La entrada en vigencia del Sorteo será puesta en conocimiento de los seguidores del Sitio (en adelante, los "Seguidores") a través de las redes sociales de Revista Level Up en Facebook, YouTube o Twitter (en adelante "las redes sociales de Revista Level Up"), así como también se identificará un link en el Sitio a través del cual cada uno de los Seguidores podrá acceder a las presentes Bases.

Art. 2. Podrán participar de los Sorteos todas aquellas personas mayores de 13 años, cuyo perfil en redes sociales sea público y creado con al menos un año de antigüedad, su identidad pueda ser verifica contra cédula o pasaporte de identidad, posea al menos 50 amigos(as) en Facebook y que sean Seguidores de las redes sociales de Revista Level Up; medio a través del cual el Organizador busca obsequiar los artículos brindados por aliados estratégicos (en adelante Patrocinadores) bajo la modalidad de regalías para los Sorteos sin obligación directa de compra. Quienes visiten el Sitio y deseen participar del Sorteo deberán convertirse en Seguidores -en caso que no lo fueren-, aceptar las presentes Bases y cumplir con las directrices o dinámicas especiales definidas para cada Sorteo.

Art. 3. A partir de la vigencia del Sorteo, el Organizador publicará en el Sitio, las directrices o dinámicas particulares que aplicarán en cada modalidad de Sorteo. Entre los Seguidores participantes se realizará un sorteo a través de la plataforma digital del Organizador para determinar quiénes serán los potenciales ganadores del Sorteo (en adelante, el "Ganador" o los "Ganadores"), los cuales serán publicados en oficialmente en las redes sociales de Revista Level Up. El Organizador tendrá hasta 3 días hábiles de la fecha de finalización del sorteo para anunciar los potenciales Ganadores del Premio del Sorteo, una vez se haya concluido la hora oficial publicada en cada Sorteo.

Art. 4. Cada uno de los potenciales Ganadores del Premio del Sorteo será notificado por el Organizador a través de las Redes Sociales de Revista Level Up. En caso de que el potencial Ganador no pueda contactar al Organizador en el lapso máximo establecido para cada Sorteo (72 horas para sorteos regulares; sorteos especiales de consolas, pantallas y otros dispositivos de 30 a 90 días; 4 horas para Sorteos Relámpagos), el potencial Ganador perderá automáticamente la posibilidad de acceder al Premio respectivo y el Organizador realizará un nuevo Sorteo a los efectos de entregar dicho Premio a un nuevo Seguidor.

Art. 5. Una vez notificado por mensaje directo, cada Seguidor de que resultó potencial Ganador del premio del Sorteo, deberá responder dicho mensaje con los datos personales que le serán solicitados a los fines de lograr su identificación y coordinar los trámites necesarios para acceder al Premio. De cumplirse todos los requerimientos, el Organizador procederá a entregar el premio de accesorios digitales en un plazo máximo de 72 horas en horario regular de lunes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m. en coordinación con el Ganador del Sorteo, en sorteos de regalías de 30 días 90 días en el plazo establecido en horario regular de lunes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m. previa coordinación y mutuo acuerdo entre el potencial Ganador del Sorteo y el Organizador.

Art. 6. Para recibir el Premio en físico, el potencial Ganador del Sorteo deberá presentarse en fecha y hora acordada con el Organizador, exhibir su Documento Nacional de Identidad (cédula o pasaporte), siempre que coincidan con los datos enviados vía Facebook en los términos de este párrafo y contestar una pregunta de interés general, la cual, de ser respondida correctamente lo convertirá en efectivo Ganador del Sorteo y consecuentemente en acreedor del Premio del mismo. En el caso de que la zona de residencia del potencial Ganador sea fuera del radio del Sorteo, podrán enviar vía mail su Pasaporte escaneado para acreditar identidad a la siguiente dirección de correo electrónico: sorteos@revistalevelup.com.

Art. 7. Se deja constancia de que el Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio no enumerados en las presentes Bases. En ningún supuesto se cambiará total o parcialmente el Premio por dinero en efectivo, ni bienes ni servicios de ningún tipo. Todos los costos que se deriven de la obtención del Premio, así como todo impuesto, tramite, gasto y/o tributo que deba actualmente abonarse o que se imponga en el futuro sobre el Premio, así como los gastos en que incurran los Seguidores como consecuencia de la obtención y entrega de los mismos incluyendo, sin limitación, aquellos gastos de traslado y estadía, en que incurran para coordinar los trámites necesarios para la entrega del premio se encontrarán a exclusivo cargo, costo y responsabilidad del Ganador.

Art. 8. Se deja constancia que el Sorteo es una regalía valida sin obligación de compra. En los Sorteos de Revista Level Up no existe obligación directa ni indirecta de compra o contratación de servicio alguno ya que podrán participar del Sorteo todas aquellas personas que sean Seguidores del Sitio y hayan aceptado las presentes Bases. Asimismo, los Seguidores aceptan que el uso del Sitio tiene lugar, en todo caso, bajo su única y exclusiva responsabilidad. El Organizador no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del Sitio ni tampoco garantiza que los Seguidores puedan efectivamente acceder al Sitio por problemas de red, siendo esto responsabilidad exclusiva de las prestadoras de servicios de internet o 3g, o de las redes que fueran necesarias a los efectos del Sorteo.

Art. 9. El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir el Ganador, su acompañante o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación a su participación de los Sorteos o por el uso del Premio obtenido, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al Ganador, terceros y/o acompañantes y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada participante; (ii) por fallas en la red telefónica, de los servicios postales, ni por desperfectos técnicos y/o por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del Sorteo; y (iii) no otorga garantía de calidad ni ninguna otra en relación a los Premios que se ofrecen, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los proveedores o prestadores, fabricantes / importadores de los mismos para los cual el Organizador brindará los datos de referencia de los Patrocinadores para reclamos de forma directa. Asimismo, la responsabilidad del Organizador finaliza al entregar el Premio a cada uno de los Seguidores Ganadores. En caso que el Premio no pueda efectivizarse por los Ganadores o el Sorteo deba suspenderse temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor o caso fortuito, o motivos ajenos al Organizador, este no tendrá responsabilidad alguna frente al Ganador.

Art. 10. El Organizador no se hace responsable por el quebrantamiento de la cadena de seguridad o custodia de los códigos digitales que el Ganador comparta de forma publica mediante redes sociales o mediante transferencia a terceros que provoque que el Ganador no pueda utilizar dicho premio. La publicación del código único de un premio en redes sociales descalificará completa y absolutamente al Ganador del premio de recibir un código de reposición en caso de mal funcionamiento. El Organizador no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador o terceros, en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión de la utilización del Premio. El Organizador no se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto el Ganador y/o terceros. Cada Ganador mantendrá indemne y a salvo al Organizador y a sus compañías vinculadas, a sus agencias o afiliadas por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido como consecuencia de la utilización del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna si por serle imposible concretar, por cualquier causa, la notificación al Ganador del Sorteo, no pudiera adjudicarle el Premio.

Art. 11. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre del Ganador por los medios y formas de comunicación que crea convenientes para garantizar la transparencia del Sorteo de cara a los demás Seguidores, por lo que podrá hacer uso de la imagen y nombre del Ganador, durante todo el tiempo que considere necesario y sin obligación de realizar compensación alguna por derechos de imagen o publicidad. El nombre del Ganador podrá ser publicado por el Organizador en la página de Internet del Organizador o donde el Organizador considere conveniente para garantizar la transparencia del Sorteo de cara a los demás Seguidores.

Art. 12. No podrán participar en los Sorteos, ni hacerse acreedores del Premio, el personal del Organizador ni de ninguna de las sociedades, Patrocinadores y/o empresas vinculadas con ésta, como tampoco podrán participar los parientes en segundo grado de consanguinidad.

Art. 13. El Organizador podrá, a su solo criterio modificar la duración del Sorteo, introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciadas dando, en su caso, la debida comunicación interna y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales y transparente necesarios.

Art. 14. El Organizador podrá cancelar, suspender o modificar total o parcialmente el Sorteo y las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.

Art. 15. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

Art. 16. El Organizador deberá verificar la identidad de los participantes y el cumplimiento de todos los pasos descritos en el Sorteo; el incumplimiento de uno de los pasos faculta al Organizador a descalificar a cualquier participante, al no cumplir con las bases del mismo y volver a efectuar el Sorteo entre los participantes activos.

Art. 17. La mera participación en el Sorteo implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas Bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar el Organizador en relación a cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas. Desconocer el reglamento, faculta al Organizador a descalificar a cualquier participante, al no cumplir con las bases del mismo.

Art. 18. Toda relación que en virtud del Sorteo se genere entre los Seguidores y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Costa Rica, renunciando el participante a cualquier otra legislación extranjera cuya aplicación pudiera tener derecho.

Art. 19. Para garantizar la neutralidad, equidad y aleatoriedad absoluta del Sorteo, el Organizador pagará $2.000 al año por el licenciamiento de WPT, un software especializado en sorteos y marketing digital que es auditado internacionalmente y es utilizado por las principales marcas de la industria del entretenimiento. Este software permitirá al Organizador ingresar todos los valores definidos en cada sorteo -las reglas definidas del Sorteo-, y verificar de forma automática el cumplimiento de los mismos para poder escoger un ganador(a).

Art. 20. Estas bases podrán ser consultadas en forma gratuita en el sitio de Internet www.revistalevelup.com cuyo acceso es libre y gratuito.

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